Comisión Paritaria Nivel Particular del Sector Nodocente

La negociación colectiva regula todas las cuestiones laborales que integran la relación de empleo, tanto las de contenido salarial como las demás condiciones de trabajo.

En el nivel particular las partes pueden negociar:
  • Las materias no tratadas en el nivel general.
  • Las materias expresamente remitidas por el nivel general.
  • Las materias que respondan a necesidades y particularidades especificas de cada unidad de contratación.
  • Cualquiera de las partes colectivas del nivel particular podrá proponer a la otra por escrito su voluntad de negociar indicando:
    • Representación que inviste.
    • Alcance personal y territorial.
    • Materias a negociar.
La División Despacho de la Comisión Paritaria Particular Nodocente tiene como responsabilidad la asistencia técnica administrativa a esa Comisión, en todo lo respectivo al despacho de trámites, confección y protocolización de las Actas; como así también, cautelar el efectivo cumplimiento de las definiciones emanadas por esa Unidad.

Del lado izquierdo, en el Menú desplegable, podrás encontrar los Acuerdos Paritarios formalizados por la misma.